Otorga Semarnat protección especial al cedro rojo en Chiapas


  • Aunque no está en peligro de extinción,  se aprovechará a través de las UMA.


Por Amir Hernández


El pasado 1 de marzo entró en vigor la Norma Oficial Mexicana 059-Semarnat-2010 para controlar el aprovechamiento del cedro rojo (Cedrela odorata), el cual se encuentra en calidad de Protección Especial (Pr) con la finalidad de prevenir su desaparición en México.
En entrevista exclusiva, Carlos Santiago León, jefe de la Unidad de Aprovechamiento de Recursos Naturales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en Chiapas, informó que el cedro no es un árbol prohibido o que esté catalogado como especie en peligro de extinción, sino que fue ubicado en la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) para su aprovechamiento más controlado y racional.
La NOM-059-Sermarnat-2010 fue reformada en diciembre de 2010 para protección ambiental de las especies nativas de México de flora y fauna silvestres, en el que se incluyen categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio, así como la lista de especies en riego.
El funcionario federal indicó que la reforma se derivó de la situación en otros estados del país que presentan problemas de desaparición de este árbol por la lamentable práctica de los taladores, aunque Chiapas no está en este contexto.
 “El manejo inadecuado hace que disminuya la población y ponga en peligro a la especie. La norma prevé que esa especie no se extinga, más bien que se aproveche pero de manera racional”, explicó a pregunta expresa Carlos Santiago León.
Tras explicar que esta reforma elimina algunos conceptos, como reforestar por repoblar, el jefe de la Unidad de Aprovechamiento de Recursos Naturales aclaró porqué el cedro tiene la categoría Pr: “En Peligro de Extensión son las especies que han disminuido drásticamente su población y se requiere de medidas para salvarlas; Amenazadas, cuando la presión sobre ellas es fuerte y se requiere de tomar medidas preventivas para que no sean consideradas en Peligro de Extinción; y Protección Especial, cuando su población es más grande pero tiene presión por aprovechamiento desmedido”.
–¿Puede usarse el cedro rojo para uso doméstico? –se le preguntó a Santiago León.
–Que no se malinterprete. No está prohibido su aprovechamiento, incluso su uso doméstico está permitido, aunque su aprovechamiento no es deliberado. El interesado debe tener los permisos –de Semarnat–; lo mismo para aquellos que buscan aprovechamiento forestal, aprovechamiento de la semilla o plantaciones comerciales, productores de plantas o viveros y centros de almacenamiento o aserraderos, mismos que deben trabajar a través de las Unidades de Manejo para la Protección de Vida Silvestre, conocidas en el argot de Semarnat como UMAS.

El cedro rojo antes y después de la reforma 059
Antes del 1 de marzo, el aprovechamiento del cedro rojo era regulado por la Ley de General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), ahora por la LGVS.
La LGDFS señalaba que el Cedrela odorata podría ser para aprovechamientos forestales maderables, para lo cual Semarnat otorgaba una autorización; hoy la LGVS exige que para UMA en vida libre (plan de manejo) o tasa de aprovechamiento la dependencia pide estar registrado como UMA y la “autorización tasa”, dijo el funcionario federal.
Relativo a semillas, que es considerado como aprovechamientos forestales no maderables, la dependencia expedía un código y tras la reforma se debe realizar el mismo trámite para los forestales maderables.
Para el aprovechamiento forestal en terrenos, Semarnat daba una constancia; ahora el interesado debe registrase como UMA.
Lo que antes se llamaba plantaciones forestales, hoy con la reforma se llaman UMA IN o Predios o Instalaciones que Manejan Vida Silvestre (PIMVS), por lo que los interesados deben buscar el registro de UMA o su incorporación a ésta.
Asimismo, el jefe de la Unidad de Aprovechamiento de Recursos Naturales de Semarnat en Chiapas dio a conocer que los centros de almacenamiento y transformación o aserraderos, para lo cual la dependencia daba su autorización, hoy se llaman transformadores, por lo cual deben gestionar el registro de transformadores.
Mientras que los viveros forestales se convierten en UMAN IN o PIMVS bajo previa autorización; y las reforestaciones en UMA en vida libre pero con aviso de UMA.
Finalmente el funcionario federal dio a conocer que Chiapas tiene magníficas poblaciones del Cedrela odorata, principalmente en los municipios de las regiones Soconusco, Centro y Norte.

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