Incumplen tortilleros de Tuxtla la Ley de Protección Civil y Normas Oficiales Mexicanas de Salud y Seguridad



Protección Civil del Estado y Municipal determinaron "clausurar" y "suspender" la tortillería El Tule en Tuxtla, porque no cumplía con la Ley. Esto fue minutos después de la explosión que acabó con la vida de una niña. La sanción se derivada de una falsa" verificación". (Fotos Amir Hernández)

Por Amir Hernández

Los llamados “industriales de la tortilla” desacatan la Ley de Protección Civil del Estado y por lo menos cuatro de cinco Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud que promueve la Secretaría de Trabajo y Prevención Social (STPS), precisamente para evitar tragedias como la ocurrida el pasado 20 de septiembre en la tortillería “El Tule” de Real del Bosque en Tuxtla Gutiérrez, la cual cobró la existencia de una niña de cinco años y mantiene entre la vida y la muerte a otro pequeño de dos años de edad.
Al parecer los dueños de las más de 2 mil 500 tortillerías que operan en la capital de Chiapas están más preocupados en subir el precio de su producto y exigir apoyos al Gobierno para maquinaria y equipo que en la seguridad de su personal y clientes. Pero no sólo los tortilleros omiten responsabilidades, sino también los funcionarios gubernamentales.
El caso Real del Bosque fue la gota que derramó el vaso. Y es que después del estallido de la tortillería “El Tule”, Protección Civil del Estado y Municipal –que dirigen Luis Manuel García Moreno y Salvador Cervantes Hernández– aplicaron a posteriori –es decir, después y no antes de la explosión– la Ley de Protección Civil del Estado de Chiapas al colocar sellos de “suspendido” y “clausurado” en el inmueble número 510 de la calle El Tule entre las avenidas Dr. Hugo González y Los Olivos.
Esa tarde, tras controlar el fuego, trabajadores de Protección Civil del Estado dejaron en el interior de la tortillería el oficio número IPCIRD/DG/UAJ/199/2011 con fecha 20 de septiembre de 2011, que avaló la “visita de verificación”, para observar que el propietario del negocio cumpla con las obligaciones establecidas en la “Ley de Protección Civil para el Manejo Integral de Riesgos de Desastres del Estado de Chiapas”.
Aún más, amparado en los artículos 27 y 66 de la desacatada Ley y en los Artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el oficio añade: “los verificadores están facultados para que en caso de encontrar incumplimientos podrán determinar lo procedente en derecho. Por lo que se le solicita se le brinde todas las facilidades para llevar a cabo la citada diligencia”; de lo contrario “el personal podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública”, agrega más abajo el oficio de verificación que fue firmado por Raúl Antonio López Nájera, jefe de la Unidad de Apoyo Jurídico de Protección Civil. 
Para ese mismo efecto la Dirección de Protección Civil Municipal pegó sellos de “Suspendido” con número de folio 00405 y fecha de 20 de septiembre de 2011 en “El Tule”, en cuyo patio delantero permanece la imagen del día de la tragedia: paredes tiznadas, el ánfora que contenía el combustible, una motocicleta y la cinta roja de peligro.

Las NOM desacatadas
Para evitar accidentes laborales y hechos lamentables, la STPS exige a los “industriales de la tortilla” la aplicación de cinco normas.
La NOM-001-STPS-2008, destinada para edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo que regulan las condiciones de seguridad e higiene.
La NOM-004-STPS-1999, se refiera a los sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo.
La NOM-006-STPS-2000, para el manejo y almacenamiento de materiales, sus condiciones y procedimientos de seguridad.
La NOM-017-STPS-2008, que regula el equipo de protección personal. Esto es selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
La NOM-026-STPS-2008, sobre los colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.
Según un sondeo de este reportero, sólo 40 de 60 tortillerías acatan esta última norma, pero de modo incompleto, ya que es nula la parte correspondiente a higiene. Mientras que 60 desconocen el resto de las NOM promovidas por la STPS.

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