"El hábito no hace al monje"

  
Universidad Católica de Chiapas Juan Pablo II
Derecho
Materia: Ética Jurídica
Catedrático: Dr. Luis Madrigal Frías
Alumnos: Amir Hernández, Julio César Rincón y Jesús Ramiro de la Cruz



“El hábito no hace al monje”

Somos todos humanos, con flaquezas. Todos tenemos debilidades, pero lo importante es que el sistema funcione (esa es la constante actual).
Cuánta razón hay en la máxima “El hábito no hace al monje”. Un juez no puede simular ni aparentar serlo. Es y debe serlo, en lo público y, ¿por qué no decirlo?, también en lo privado.  
Y es que en el ámbito de la ética profesional es muy difícil defender la existencia de una separación tajante entre vida pública y vida privada.
El modo de conducir la vida privada puede también tener consecuencias indirectas en el desempeño de la función profesional.
Un juez es, en gran medida, la cara visible de la justicia. Por ello, éste se vería seriamente lesionado si su comportamiento fuera gravemente incorrecto, aunque se llevara a cabo en el ámbito privado.
¿Quién de nosotros confiaría en esos jueces? ¿Quién querría ser juzgado por ellos?
Los jueces, no sólo deben tomar decisiones conforme a derecho y cumplir con los demás deberes impuestos, sino que también “deben evitar cualquier comportamiento impropio o que tenga apariencia de incorrección”, ya que ello repercutiría en la confianza social.
La sociedad debe poder ver en el juez una persona en la que poder confiar, por ser digna de toda credibilidad.
Su conducta privada no debe hacerle perder aquello que la sociedad espera de él (credibilidad y confianza).
Todo el sistema judicial en un Estado de Derecho “necesita” de la confianza de los ciudadanos en que, quienes van a tomar decisiones fundamentales, son merecedores de respeto.
Tenemos en nuestro país este gran problema. Hoy en día, con todos los sucesos de crímenes, robos, inseguridad, injusticias, informalismos, entre otros, los ciudadanos hemos perdido todo tipo de confianza en el sistema, en los soportes del mismo, en los administradores de la justicia. Hoy pensamos: ¿quiénes son ellos para decidir sobre la vida de las demás personas? ¿Quiénes son ellos para determinar qué es justo?
Algunos aún vemos a los jueces y demás administradores de la justicia como personas dignas de tener tales potestades, tales atribuciones y, principalmente, tenemos la confianza en que sus decisiones van a ser “las correctas” y las que más se acerquen a lo que conocemos como “justicia”.
Un juez debe mantener siempre una conducta ética especial por ser quien resuelve sobre nuestros bienes y nuestra libertad. No se trabaja de juez, sino que se es juez.
La inamovilidad de la función es una característica imprescindible para garantizar la independencia del Poder Judicial. Pero es probable que se generen deformaciones, tentando a la persona a sentirse omnipotente.
El poder de un juez es muy importante porque pasan por él decisiones de todo tipo y nadie, salvo una instancia superior, puede revocar su postura. Esto suele provocar desvíos. Pero lo importante es que, si esto ocurre, el sistema cuente con mecanismos inmediatos para remediarlo.

Entonces, ¿Dónde radica el límite entre lo privado y lo público?. No hay límite. La virtud del juez es su envestidura y la envestidura su virtud. 

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